Río Cuarto: indemnizan a una mujer por discriminación en la puerta de un boliche

El local “No Lo Cases A Colón” deberá pagar $1.200.000 tras negar el ingreso a una joven por su apariencia.

Foto:imagen creada con inteligencia artificial para representación
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Río Cuarto ratificó una condena que rompe el silencio sobre prácticas discriminatorias en locales nocturnos: el club “No Lo Cases A Colón” deberá pagar $400.000 por daño moral y $800.000 por daño punitivo a una mujer a quien no dejaron entrar en 2018, supuestamente por “no estar en la lista”.
El fallo, firmado por los jueces Lescano Zurro, Bentancourt y Herrán, estableció que se vulneraron derechos fundamentales como el trato digno, consagrado en el artículo 42 de la Constitución y reforzado por el artículo 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor, al impedir el acceso sin justificación. La Justicia entendió que se configuró una práctica discriminatoria “fuerte, violenta y dolorosa” y advirtió que el argumento del local —la supuesta lista— no fue respaldado con pruebas.
La demanda se fundamentó en que la joven ingresó con dos amigas que sí accedieron al local; a ella, en cambio, se la detuvo directamente y su ingreso fue bloqueado por su aspecto, sin más explicaciones. Al ratificarse la indemnización en segunda instancia, la Justicia también aplicó la Ley de Defensa del Consumidor (art. 1096 del CCC), al considerar que la joven estaba en el umbral de una relación de consumo, aun sin haber adquirido nada .
Desde el tribunal señalaron que esta resolución tiene un claro efecto disuasorio: sanciona una conducta injustificada y envía un mensaje directo para evitar casos similares en el mundo del entretenimiento nocturno.
Contexto legal y precedentes
La jurisprudencia reciente considera que impedir el ingreso a una persona mientras otros ingresan sin restricción puede configurarse como un trato indigno y discriminatorio, en violación tanto de normas constitucionales como del derecho al consumidor .
La incorporación del daño punitivo en esta causa busca reprimir prácticas abusivas, más allá de reparar el agravio padecido, y resalta la responsabilidad de quienes explotan espacios públicos de diversión nocturna ante el respeto a derechos individuales .
Qué sigue ahora
El boliche aún puede intentar presentar un recurso extraordinario, aunque los fallos en ambas instancias fueron contundentes. En tanto, el caso marca un precedente contundente para reforzar el control judicial frente a prácticas discriminatorias que, aunque sutiles, pueden causar un grave daño personal y violar las garantías civiles.